La determinación del monto de la compensación económica debe considerar, además de los elementos propios de su cuantificación, las variables fácticas del caso, para cumplir con la obligación de juzgar con perspectiva de género, particularmente cuando la controversia involucra trabajo doméstico y de cuidados no remunerados, así como situaciones de asimetrías de poder o desigualdad estructural.
La compensación económica busca resarcir el desequilibrio patrimonial derivado de la división del trabajo durante el matrimonio. El artículo 267, fracción VI, del Código Civil para el Distrito Federal establece un porcentaje máximo, pero su cuantificación requiere una valoración integral y motivada de factores objetivos, incluyendo la perspectiva de género. La falta de una metodología clara y la ponderación razonada de elementos como el trabajo doméstico no remunerado y las asimetrías de poder vulneran la fundamentación y motivación de las resoluciones.
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