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SJF · Tesis

Las multas fiscales impuestas en cantidades actualizadas conforme al artículo 17-B del Código Fiscal de la Federación deben especificar la fecha de actualización y la publicación de la resolución o anexo de donde se obtuvo, para garantizar la seguridad jurídica y defensa del contribuyente.

Expediente
Tribunal
Ponente
Fecha
1 ene 2002
Materia
fiscal
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

Las multas fiscales impuestas en cantidades actualizadas conforme al artículo 17-B del Código Fiscal de la Federación deben especificar la fecha de actualización y la publicación de la resolución o anexo de donde se obtuvo, para garantizar la seguridad jurídica y defensa del contribuyente.

Resumen

El artículo 17-B del Código Fiscal de la Federación establece la actualización de las multas fiscales. Las autoridades fiscalizadoras, al imponer multas, deben especificar si las cantidades impuestas ya están actualizadas y la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Esto es fundamental para salvaguardar las garantías de seguridad jurídica y defensa del contribuyente, permitiéndole tener certeza sobre la cantidad de la multa y la posibilidad de impugnarla si considera que la actualización o la resolución miscelánea que la contiene son incorrectas.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.