El alimento procesado para perros, gatos y pequeñas especies, utilizadas como mascotas en el hogar, se encuentra gravado a la tasa general del Impuesto al Valor Agregado.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la constitucionalidad de diversas disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y la Ley del Impuesto Sobre la Renta, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el once de diciembre de dos mil trece. El debate se centra en la aplicación de la tasa general del IVA al alimento procesado para mascotas, buscando otorgar seguridad jurídica a los contribuyentes mediante la claridad en la aplicación del gravamen.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.