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SJF · Tesis

La competencia de los tribunales federales para conocer de delitos previstos en el Código Penal Federal o en leyes federales, se surte en función de las circunstancias específicas del caso y de la naturaleza de los bienes jurídicos protegidos, no únicamente por la formalidad de la expedición de la ley.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
1 ene 1970
Materia
penal
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La competencia de los tribunales federales para conocer de delitos previstos en el Código Penal Federal o en leyes federales, se surte en función de las circunstancias específicas del caso y de la naturaleza de los bienes jurídicos protegidos, no únicamente por la formalidad de la expedición de la ley.

Resumen

La presente ejecutoria analiza la competencia de los tribunales federales para conocer de delitos. Se establece que la competencia no se determina únicamente por el hecho de que un delito esté previsto en una ley federal, sino que debe considerarse si el bien jurídico afectado es de interés federal o si la conducta incide en el ámbito de competencia de autoridades federales. En el caso concreto, se determinó que un ilícito entre particulares, aun cuando estuviera previsto en una ley federal, no necesariamente caía en la competencia federal si no se actualizaban las circunstancias específicas que la ley orgánica del poder judicial de la federación establece.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.