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99/26-16-01-3ConcedeTFJA11ª Época✓ Fuente verificada
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TFJA · Sala Regional en Yucatán

La boleta de infracción emitida por un Guardia de la Guardia Nacional es ilegal si la autoridad no funda debidamente su competencia territorial, al no precisar el precepto legal que delimita el ámbito espacial en el que ejerce sus atribuciones.

Expediente
99/26-16-01-3
Tribunal
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Ponente
Fecha
10 jun 2026
Materia
fiscal
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La boleta de infracción emitida por un Guardia de la Guardia Nacional es ilegal si la autoridad no funda debidamente su competencia territorial, al no precisar el precepto legal que delimita el ámbito espacial en el que ejerce sus atribuciones.

Resumen

La Sala Regional en Yucatán del Tribunal Federal de Justicia Administrativa determinó que una boleta de infracción emitida por un Guardia de la Guardia Nacional carece de legalidad al no fundar adecuadamente su competencia territorial. El tribunal consideró que la autoridad debe citar de manera precisa el precepto legal y la porción normativa que le otorga facultades para actuar en un territorio específico, garantizando así la certeza y seguridad jurídica del gobernado. Al no hacerlo, se vulnera el artículo 16 constitucional.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.