La presunción de inocencia exige que la responsabilidad penal se acredite plenamente, y en caso de duda, debe prevalecer la absolución, sin que el juzgador pueda alterar la carga probatoria del Ministerio Público ni ponderar las pruebas de forma extensiva en perjuicio del acusado.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la presunción de inocencia y la carga de la prueba en materia penal. Sostiene que la condena solo procede si se acredita plenamente el hecho delictuoso y la responsabilidad penal, y que en caso de duda, debe absolverse al acusado. Se enfatiza que el Ministerio Público tiene la carga de probar la culpabilidad, y el juzgador no debe alterar esta carga ni ponderar las pruebas de manera extensiva en perjuicio del imputado, respetando el debido proceso y la exacta aplicación de la ley.
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