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4622/2023NiegaSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

La suplencia de la deficiencia de la queja en materia penal no puede modificar el régimen constitucional de procedencia del recurso de revisión en amparo directo.

Expediente
4622/2023
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
LORETTA ORTIZ AHLF
Fecha
19 feb 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La suplencia de la deficiencia de la queja en materia penal no puede modificar el régimen constitucional de procedencia del recurso de revisión en amparo directo.

Resumen

El presente asunto aborda la procedencia del recurso de revisión en amparo directo, aun cuando exista suplencia de la deficiencia de la queja en materia penal. La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la suplencia de la queja, si bien puede abarcar la omisión de conceptos de violación o agravios, no tiene el alcance de modificar las reglas constitucionales establecidas para la procedencia del recurso de revisión. Por lo tanto, los agravios expresados por el recurrente sobre la detención por caso urgente y la obtención de pruebas ilícitas no pueden ser analizados si el recurso de revisión no cumple con los requisitos de procedencia establecidos en la Constitución.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.