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433/26-25-01-6OtroTFJA11ª Época✓ Fuente verificada
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TFJA · Sala Regional en San Luis Potosí

La presentación de declaraciones fiscales con saldo a cargo, sin acreditar el pago correspondiente, no actualiza el supuesto de cumplimiento espontáneo previsto en el artículo 73 del Código Fiscal de la Federación, por lo que procede el reconocimiento de la validez de la resolución impugnada.

Expediente
433/26-25-01-6
Tribunal
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Ponente
Fecha
26 may 2026
Materia
fiscal
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La presentación de declaraciones fiscales con saldo a cargo, sin acreditar el pago correspondiente, no actualiza el supuesto de cumplimiento espontáneo previsto en el artículo 73 del Código Fiscal de la Federación, por lo que procede el reconocimiento de la validez de la resolución impugnada.

Resumen

La Sala Regional determinó que la presentación de declaraciones fiscales con saldo a cargo, sin el pago correspondiente, no constituye cumplimiento espontáneo. La actora argumentó que presentó sus declaraciones antes de la notificación de la resolución, invocando el artículo 73 del Código Fiscal de la Federación. Sin embargo, el Tribunal consideró que la actora no acreditó el pago de las contribuciones adeudadas, lo cual es un requisito indispensable para actualizar el cumplimiento espontáneo. Por lo tanto, se reconoció la validez de la resolución impugnada.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.