Primer Tribunal Unitario en Materia Penal del Primer Circuito (2/4/2001 - 15/11/2022)· tema sin holding extraído
Ante lo infundado de los agravios hechos valer por la defensa particular de ****este tribunal confirmó la sentencia condenatoria de veintiséis de julio de dos mil diecinueve, dictada por el Juez Decimocuarto de Distrito de Procesos Penales Federales en la Ciudad de México, en la causa penal ****, al considerar a la enjuiciada, penalmente responsable en la comisión del delito de defraudación fiscal equiparable, previsto en el artículo 109, fracción II y sancionado en el artículo 108, fracción III, (vigente en la época en que se cometió el hecho), en relación con el diverso 95, fracción II, todos, del Código Fiscal de la Federación.
Expediente
235/2019
Tribunal
Primer Tribunal Unitario en Materia Penal del Primer Circuito (2/4/2001 - 15/11/2022)
Ponente
Miguel Angel Aguilar López
Fecha
30 ago 2019
Materia
sin clasificar
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
Ante lo infundado de los agravios hechos valer por la defensa particular de ****este tribunal confirmó la sentencia condenatoria de veintiséis de julio de dos mil diecinueve, dictada por el Juez Decimocuarto de Distrito de Procesos Penales Federales en la Ciudad de México, en la causa penal ****, al considerar a la enjuiciada, penalmente responsable en la comisión del delito de defraudación fiscal equiparable, previsto en el artículo 109, fracción II y sancionado en el artículo 108, fracción III, (vigente en la época en que se cometió el hecho), en relación con el diverso 95, fracción II, todos, del Código Fiscal de la Federación.
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