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343/2024TCC11ª Época✓ Fuente verificada
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Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Décimo Circuito, con residencia en Villa Hermosa, Tabasco

La presentación de la demanda de amparo fuera del plazo legal de quince días, contados a partir de que la quejosa tuvo conocimiento del acto reclamado y su afectación en la esfera jurídica, actualiza la causal de improcedencia por consentimiento tácito del acto.

Expediente
343/2024
Tribunal
Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Décimo Circuito, con residencia en Villa Hermosa, Tabasco
Ponente
Lázaro Bejar Vasconcelos
Fecha
30 abr 2026
Materia
administrativa
Sentido

Holding · resolución sintética

La presentación de la demanda de amparo fuera del plazo legal de quince días, contados a partir de que la quejosa tuvo conocimiento del acto reclamado y su afectación en la esfera jurídica, actualiza la causal de improcedencia por consentimiento tácito del acto.

Resumen

El Tribunal Colegiado confirmó el sobreseimiento de un juicio de amparo indirecto. La quejosa reclamó la aplicación de la Ley del Impuesto Sobre la Renta a su aguinaldo y el cambio de denominación de este a "gratificación". El juez de distrito sobreseyó al considerar que la demanda se presentó fuera del plazo de quince días, actualizando la causal de improcedencia por consentimiento tácito. El Tribunal Colegiado consideró inoperantes e infundados los agravios, confirmando que la demanda fue extemporánea, ya que la quejosa tuvo conocimiento del cambio de denominación y la deducción fiscal desde 2021.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.