La actividad negligente del personal médico de las instituciones de seguridad social, como el IMSS, se considera una actividad administrativa irregular que actualiza la responsabilidad patrimonial del Estado.
El caso aborda la responsabilidad patrimonial del Estado derivada de una presunta negligencia médica en el IMSS. La quejosa argumenta que la falta de diagnóstico fidedigno, tratamiento adecuado y consentimiento informado constituyen una actividad irregular. La Suprema Corte analiza la carga de la prueba, señalando que corresponde a la institución acreditar la regularidad de su actuación, y aplica la presunción 'res ipsa loquitur'. Se concluye que dichas deficiencias no son actos regulares y actualizan la responsabilidad patrimonial del Estado.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.