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207/2023OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

La suplencia de una persona servidora pública no la exime de las responsabilidades inherentes a su encargo, las cuales no pueden ser atribuidas a la persona suplida si esta no intervino en el acto respectivo.

Expediente
207/2023
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
LORETTA ORTIZ AHLF
Fecha
9 oct 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La suplencia de una persona servidora pública no la exime de las responsabilidades inherentes a su encargo, las cuales no pueden ser atribuidas a la persona suplida si esta no intervino en el acto respectivo.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que el Congreso del Estado de Morelos invadió la esfera de competencias del Poder Ejecutivo estatal al emitir un decreto que impedía al titular del Ejecutivo remitir la terna para cubrir la ausencia definitiva del Fiscal General. La Corte concluyó que esta acción del Congreso generó una intromisión y subordinación indebida, ya que la ley orgánica del Congreso no puede regular cómo se cubren las ausencias definitivas de los órganos constitucionales autónomos, pues esa facultad recae en el Poder Ejecutivo.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.