La procedencia del recurso de revisión en amparo directo está sujeta a la demostración de que el caso satisfaga los requisitos de importancia y trascendencia, los cuales se acreditan en tanto exista un planteamiento de constitucionalidad que dé lugar a un pronunciamiento novedoso o que la determinación involucre el desconocimiento de un criterio sostenido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Se denuncia una posible contradicción de criterios entre la Primera y Segunda Salas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. El caso involucra la procedencia del recurso de revisión en amparo directo, la cual está sujeta a la demostración de importancia y trascendencia. La Primera Sala determinó que estos requisitos se satisfacen si existe un planteamiento de constitucionalidad novedoso o si la resolución desconoce un criterio previo de la Corte, basándose en una tesis aislada previa.
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