El Impuesto al Valor Agregado acreditable debe ser rechazado cuando la documentación comprobatoria de las adquisiciones no se exhibe o no se localiza, impidiendo verificar su deducibilidad y cumplimiento de los requisitos legales.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó un caso donde se determinó un crédito fiscal por diversos conceptos, incluyendo el Impuesto al Valor Agregado (IVA). La contribuyente no proporcionó la documentación comprobatoria de sus gastos ni la forma de pago, lo que impidió acreditar el IVA. La autoridad fiscal rechazó el IVA acreditable al no cumplirse con los requisitos de deducibilidad establecidos en la Ley del Impuesto sobre la Renta y la Ley del IVA, ya que la falta de documentación impidió verificar la relación de las adquisiciones con la enajenación de bienes o prestación de servicios.
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