InvestigaciónDocumento
En línea
Verificado contra fuente oficial
SJF · Tesis

La suspensión provisional del acto reclamado, consistente en la exigencia de pago de una multa, debe concederse sin requisitos cuando el interés fiscal se encuentra debidamente garantizado mediante una fianza, aun cuando el Tesorero de la Federación niegue la existencia de dicho acto, si la quejosa acredita la exigencia contra la afianzadora.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
1 ene 1939
Materia
administrativa
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La suspensión provisional del acto reclamado, consistente en la exigencia de pago de una multa, debe concederse sin requisitos cuando el interés fiscal se encuentra debidamente garantizado mediante una fianza, aun cuando el Tesorero de la Federación niegue la existencia de dicho acto, si la quejosa acredita la exigencia contra la afianzadora.

Resumen

El presente caso aborda la procedencia de la suspensión provisional de un acto reclamado, específicamente la exigencia de pago de una multa. La parte quejosa demostró que, a pesar de la negativa del Tesorero de la Federación respecto a dicho acto, se estaba realizando una exigencia de pago a una compañía afianzadora que garantizaba a la quejosa. El tribunal determinó que, al estar el interés fiscal asegurado con la fianza, la suspensión debe concederse sin requisitos, ya que el pago final recaería sobre la quejosa.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.