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7/2025NiegaSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

La promoción de recusaciones infundadas, que obstaculizan y dilatan el procedimiento, actualiza la imposición de multas conforme a la Ley de Amparo.

Expediente
7/2025
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
JAVIER LAYNEZ POTISEK
Fecha
19 mar 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La promoción de recusaciones infundadas, que obstaculizan y dilatan el procedimiento, actualiza la imposición de multas conforme a la Ley de Amparo.

Resumen

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió sobre la improcedencia de impedimentos planteados por la empresa Grupo Elektra contra Ministros de la Corte. La Sala determinó que las recusaciones promovidas carecían de fundamento y que su propósito era dilatar el procedimiento, por lo que impuso la multa máxima prevista en la Ley de Amparo a la parte promovente, haciendo efectivos los billetes de depósito correspondientes.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.