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SJF · Tesis

La circunstanciación de la designación, intervención y demás pormenores de los testigos en una visita domiciliaria no requiere un capítulo especial en el acta, pero sí es indispensable que de esta se advierta que los testigos fueron debidamente designados y estuvieron presentes durante todo el desarrollo de la diligencia.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
1 jul 1989
Materia
administrativa
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La circunstanciación de la designación, intervención y demás pormenores de los testigos en una visita domiciliaria no requiere un capítulo especial en el acta, pero sí es indispensable que de esta se advierta que los testigos fueron debidamente designados y estuvieron presentes durante todo el desarrollo de la diligencia.

Resumen

El presente criterio establece que, si bien no existe un precepto legal que obligue a las autoridades fiscales a detallar en un capítulo específico del acta de visita domiciliaria los pormenores relacionados con los testigos, es fundamental que el acta refleje claramente que los testigos fueron debidamente designados y que su presencia se mantuvo a lo largo de toda la diligencia. La falta de esta claridad puede invalidar la actuación fiscal.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.