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330/2024TCC11ª Época✓ Fuente verificada
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Segundo Tribunal Colegiado del Decimonoveno Circuito· tema sin holding extraído

En el caso se negó el amparo solicitado, toda vez que como legalmente lo consideró el magistrado de apelación responsable, no se justificó la alegada dilación en la puesta a disposición de la autoridad investigadora; tampoco se probó tortura o ilegal reconocimiento de los encausados a través de fotografías; y los medios de convicción del proceso penal acreditan los delitos de delincuencia organizada, acopio de armas y posesión de cartuchos, así como la plena responsabilidad de los quejosos en su comisión

Expediente
330/2024
Tribunal
Segundo Tribunal Colegiado del Decimonoveno Circuito
Ponente
Edgardo Hedalú Favela Medina
Fecha
4 sep 2026
Materia
penal
Sentido

Tema · autorreporte del tribunal

En el caso se negó el amparo solicitado, toda vez que como legalmente lo consideró el magistrado de apelación responsable, no se justificó la alegada dilación en la puesta a disposición de la autoridad investigadora; tampoco se probó tortura o ilegal reconocimiento de los encausados a través de fotografías; y los medios de convicción del proceso penal acreditan los delitos de delincuencia organizada, acopio de armas y posesión de cartuchos, así como la plena responsabilidad de los quejosos en su comisión

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.