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2502/26-07-02-6ConcedeTFJA11ª Época✓ Fuente verificada
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TFJA · Segunda Sala Regional en Jalisco

La nulidad de un acto administrativo debe declararse lisa y llana cuando la autoridad emisora omite fundar su competencia, pues ello genera inseguridad jurídica y estado de indefensión al particular.

Expediente
2502/26-07-02-6
Tribunal
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Ponente
Fecha
15 jun 2026
Materia
fiscal
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La nulidad de un acto administrativo debe declararse lisa y llana cuando la autoridad emisora omite fundar su competencia, pues ello genera inseguridad jurídica y estado de indefensión al particular.

Resumen

El Tribunal Federal de Justicia Administrativa declaró la nulidad lisa y llana de una boleta de infracción emitida por la Guardia Nacional. La nulidad se fundamentó en que la autoridad omitió citar los preceptos legales que sustentan su competencia para emitir el acto, lo cual genera inseguridad jurídica para el particular. El tribunal aplicó la jurisprudencia que establece que este tipo de vicios formales impiden el análisis de otros argumentos de fondo, ya que la nulidad debe ser lisa y llana.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.