El principio de que la ley fiscal más benigna debe aplicarse con efectos retroactivos en favor del infractor, es extensivo a las infracciones fiscales, salvo disposición expresa en contrario.
Se sostiene que el principio de derecho penal que favorece la aplicación retroactiva de la ley más benigna a hechos pasados, debe extenderse a las infracciones fiscales. El Código Fiscal de la Federación, al englobar diversas medidas bajo el término 'sanciones' y remitir supletoriamente al Código Penal, confirma esta interpretación. El principio 'nullum crimen, nulla poena sine lege' y la interpretación restrictiva de las normas tributarias refuerzan la aplicación de la ley más favorable al infractor.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.