La aplicación de jurisprudencia obligatoria por parte de una Sala Fiscal, al resolver una controversia, no constituye una interpretación de ley que habilite la procedencia del recurso de revisión fiscal sin limitación de monto, pues dicha aplicación se limita a acatar el criterio emitido por el Máximo Tribunal.
El presente caso analiza la procedencia del recurso de revisión fiscal sin limitación de monto, específicamente cuando la Sala Fiscal aplica jurisprudencia obligatoria en lugar de interpretar leyes fiscales. Se determina que la aplicación de jurisprudencia, en virtud de su carácter obligatorio conforme al artículo 192 de la Ley de Amparo, no se considera una interpretación de ley que justifique la procedencia del recurso en cuestión. Por lo tanto, si la Sala Fiscal se limita a aplicar criterios jurisprudenciales ya establecidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, no se actualiza el supuesto para admitir la revisión fiscal sin limitación de monto.
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