La autoridad fiscal debe fundar y motivar la imposición de multas por omisión de declaraciones electrónicas, señalando la normatividad aplicable y el medio electrónico específico, para garantizar el principio de tipicidad.
La Sala Regional determinó que la autoridad fiscal debe fundar y motivar adecuadamente la imposición de multas por no presentar declaraciones a través de medios electrónicos. Se analiza la aplicación del principio de tipicidad en el derecho administrativo sancionador, enfatizando la necesidad de que la conducta del contribuyente encuadre exactamente en la hipótesis normativa. Aunque se confirma la legalidad de la resolución impugnada al considerar que la autoridad sí citó la regla miscelánea aplicable, se subraya la importancia de la claridad y precisión en la fundamentación para evitar arbitrariedades.
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