InvestigaciónDocumento
En línea
1832/2018OtroSCJN10ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
PRIMERA SALA

La condena al pago de rentas futuras y al saldo deudor de rentas anteriores, así como al IVA correspondiente, debe liquidarse en ejecución de sentencia, respetando las condiciones pactadas en el contrato de arrendamiento.

Expediente
1832/2018
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA
Fecha
30 ene 2019
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La condena al pago de rentas futuras y al saldo deudor de rentas anteriores, así como al IVA correspondiente, debe liquidarse en ejecución de sentencia, respetando las condiciones pactadas en el contrato de arrendamiento.

Resumen

El presente caso resuelve sobre la condena al pago de rentas futuras y al saldo deudor de rentas pasadas, incluyendo el Impuesto al Valor Agregado (IVA), derivadas de un contrato de arrendamiento. La Suprema Corte de Justicia de la Nación establece que dichas cantidades deben ser liquidadas en la etapa de ejecución de sentencia, conforme a lo estipulado en la cláusula contractual correspondiente, garantizando así el cumplimiento de las obligaciones pactadas entre las partes.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.