La compensación de emergencia al salario insuficiente forma parte del salario diario y, por ende, debe tomarse en cuenta al fijar el monto de la indemnización por muerte del trabajador.
El salario, conforme al artículo 86 de la Ley Federal del Trabajo, incluye no solo la cuota diaria sino también gratificaciones y otras percepciones a cambio de la labor. Dado que la compensación de emergencia al salario insuficiente se considera parte del salario diario, debe incluirse en el cálculo de la indemnización por muerte del trabajador. Esto se fundamenta en la fracción II del artículo 7o. de la Ley de Compensaciones de Emergencia al Salario Insuficiente, aplicable cuando el trabajador percibía un salario de garantía además de utilidades.
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