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SJF · Tesis

La acción de nulidad de las donaciones hechas con infracción al artículo 130 constitucional compete a la Procuraduría General de la República.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
1 ene 1958
Materia
civil
Sentido

Holding · resolución sintética

La acción de nulidad de las donaciones hechas con infracción al artículo 130 constitucional compete a la Procuraduría General de la República.

Resumen

Se establece que la acción de nulidad de las donaciones realizadas en contravención a lo dispuesto por el artículo 130 de la Constitución Federal, es un asunto de orden público y de interés social. Por lo tanto, la facultad para ejercer dicha acción recae en la Procuraduría General de la República, en representación del interés de la sociedad.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.