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43/2025-CAOtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PLENO

La autonomía universitaria, si bien permite el autogobierno de las instituciones de educación superior, no las equipara a órganos constitucionales autónomos para efectos de la procedencia de la controversia constitucional.

Expediente
43/2025-CA
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
YASMÍN ESQUIVEL MOSSA
Fecha
23 oct 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La autonomía universitaria, si bien permite el autogobierno de las instituciones de educación superior, no las equipara a órganos constitucionales autónomos para efectos de la procedencia de la controversia constitucional.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación desechó de plano una controversia constitucional promovida por una universidad. Se determinó que, a pesar de que el artículo 3, fracción VII, de la Constitución otorga autonomía a las universidades para autogobernarse, esta autonomía no las equipara a órganos constitucionales autónomos. Por lo tanto, no se actualiza el supuesto de procedencia para la controversia constitucional en este caso.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.