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SJF · Tesis

La competencia del Tribunal Fiscal de la Federación se limita a las multas impuestas por infracciones a leyes fiscales, excluyendo aquellas derivadas de la violación a normativas no fiscales.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
1 ene 1941
Materia
administrativa
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La competencia del Tribunal Fiscal de la Federación se limita a las multas impuestas por infracciones a leyes fiscales, excluyendo aquellas derivadas de la violación a normativas no fiscales.

Resumen

El Tribunal Fiscal de la Federación es competente para conocer de multas impuestas por infracciones a leyes fiscales, conforme a la fracción III del artículo 160 del Código Fiscal de la Federación. Por interpretación en sentido contrario, dicho tribunal es incompetente para conocer de multas impuestas por violaciones a leyes no fiscales. Por lo tanto, una multa impuesta por violaciones a los artículos 32, fracción I, y 37 del Reglamento de Inspección, Vigilancia y Contabilidad de Instituciones de Crédito, no es de su competencia por no provenir de una ley fiscal.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.