El ciudadano que no participa como candidato en una elección carece de interés jurídico o legítimo para impugnar el cómputo, la declaración de validez y la entrega de constancias de mayoría, al no existir afectación real y directa en su esfera de derechos político-electorales.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que un ciudadano que no se postuló como candidato en una elección no tiene legitimación para impugnar los resultados o la validez de la misma. Esto se debe a que, al no haber participado activamente como contendiente, no existe una afectación directa y real en sus derechos político-electorales que justifique su interés jurídico o legítimo para interponer dicha impugnación.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.