InvestigaciónDocumento
En línea
3001/2023OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
SEGUNDA SALA

El artículo 46-A del Código Fiscal de la Federación, al no regular de manera precisa la suspensión y reanudación de plazos durante la visita domiciliaria o revisión de gabinete, contraviene los derechos de seguridad jurídica, legalidad y acceso a la justicia efectiva, al permitir a la autoridad fiscal actuar de forma discrecional.

Expediente
3001/2023
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
JAVIER LAYNEZ POTISEK
Fecha
8 nov 2023
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

El artículo 46-A del Código Fiscal de la Federación, al no regular de manera precisa la suspensión y reanudación de plazos durante la visita domiciliaria o revisión de gabinete, contraviene los derechos de seguridad jurídica, legalidad y acceso a la justicia efectiva, al permitir a la autoridad fiscal actuar de forma discrecional.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó la constitucionalidad del artículo 46-A del Código Fiscal de la Federación en relación con la suspensión y reanudación de plazos durante auditorías fiscales. Se determinó que la falta de regulación clara en este aspecto otorga discrecionalidad a la autoridad fiscal, vulnerando los derechos de seguridad jurídica, legalidad y acceso a la justicia efectiva del contribuyente. El fallo se basó en criterios jurisprudenciales previos que abordaban temas similares.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.