La presunción de ingresos omitidos, al atribuir el carácter de tales a cantidades recibidas y no informadas en la declaración anual, es razonable y justificable cuando el contribuyente viola el principio de buena fe al no declarar dichos montos y posteriormente atribuirles el carácter de préstamos.
El presente caso analiza la validez de una determinación de crédito fiscal por concepto de impuesto sobre la renta, recargos y multas, emitida por el Servicio de Administración Tributaria. El contribuyente impugnó la resolución argumentando que los préstamos y donativos que la autoridad fiscal consideró como ingresos acumulables, en realidad no incrementaron su patrimonio y, por ende, no revelan capacidad contributiva. La Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver el recurso de revisión adhesiva, determinó que la presunción de ingresos omitidos es razonable y justificable, pues el hecho de que el contribuyente no informe dichos montos en su declaración anual y posteriormente los catalogue como préstamos, revela una falta de buena fe y la intención de omitir el pago del impuesto.
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