La Suprema Corte de Justicia de la Nación debe analizar la afectación a la esfera jurídica de un municipio actor en controversias constitucionales, aun cuando esta no derive directamente de una invasión de competencias, sino de cuestiones presupuestales que incidan en su hacienda pública y gasto, siempre que exista un principio de agravio.
El municipio de Oteapan promovió controversia constitucional contra las Leyes de Ingresos del Estado y Municipal para el ejercicio fiscal 2023, argumentando que se recortó su presupuesto del FORTAMUNDF, afectando su hacienda y gasto público, lo cual consideró violatorio del artículo 115 constitucional. La Suprema Corte determinó que, si bien las leyes de ingresos son actos legislativos independientes del decreto que resolvió un conflicto territorial previo, la afectación presupuestal es suficiente para considerar un principio de agravio amplio, haciendo procedente el análisis de fondo. Se desestimaron las causales de improcedencia planteadas por las autoridades demandadas, incluyendo la de litispendencia y la falta de interés legítimo, al considerar que la controversia se constriñe a dirimir posibles afectaciones a la esfera competencial y presupuestal del municipio actor.
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