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119/2022OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PLENO

Las concesiones administrativas, para ser válidas, deben satisfacer el interés social y público, lo que implica el deber de prestar un servicio público o explotar un bien del dominio público en beneficio general, y no prioritariamente del particular concesionario.

Expediente
119/2022
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ARÍSTIDES RODRIGO GUERRERO GARCÍA
Fecha
13 ene 2026
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

Las concesiones administrativas, para ser válidas, deben satisfacer el interés social y público, lo que implica el deber de prestar un servicio público o explotar un bien del dominio público en beneficio general, y no prioritariamente del particular concesionario.

Resumen

El criterio aborda la naturaleza y fines de las concesiones administrativas en el derecho mexicano. Se establece que, si bien los particulares que obtienen una concesión pueden aspirar a un equilibrio económico en su explotación, el fin primordial de estas debe ser la satisfacción del interés social y público. Esto se traduce en el deber de prestar servicios públicos de manera continua y eficaz, o de utilizar bienes del dominio público en beneficio de la colectividad, evitando fenómenos de concentración que contravengan el interés general.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.