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SEGUNDA SALA

El emplazamiento ilegal en un juicio agrario, al vulnerar el derecho de audiencia, debe ser dejado insubsistente y repuesto el procedimiento, sin perjuicio de que la autoridad responsable analice la legalidad de la nulidad de la donación para garantizar la solvencia económica del donante.

Expediente
1722/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
LENIA BATRES GUADARRAMA
Fecha
18 sep 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

El emplazamiento ilegal en un juicio agrario, al vulnerar el derecho de audiencia, debe ser dejado insubsistente y repuesto el procedimiento, sin perjuicio de que la autoridad responsable analice la legalidad de la nulidad de la donación para garantizar la solvencia económica del donante.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió el amparo directo en revisión 1722/2024, confirmando la ilegalidad del emplazamiento en un juicio agrario. Se determinó que, si bien el emplazamiento original fue ilegal y debe reponerse el procedimiento, la cuestión de la nulidad de una donación para garantizar la solvencia económica del donante debe ser analizada por la autoridad responsable, sin que la ilegalidad del emplazamiento afecte dicha determinación. El fallo se basó en la vulneración de los derechos de audiencia y propiedad.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.