La declaración de nulidad de una resolución administrativa por vicios en el procedimiento, impone a la autoridad la obligación de reponer dicho procedimiento para subsanar las irregularidades detectadas.
El Tribunal Fiscal de la Federación, al declarar la ilegalidad de una resolución administrativa por vicios en el procedimiento, debe ordenar la reposición del mismo. Esto se fundamenta en el artículo 239, fracción III, cuarto párrafo del Código Fiscal de la Federación, que establece que la nulidad se decretará para que se emita una nueva resolución, subsanando las anomalías detectadas, especialmente cuando los vicios procesales afecten las defensas del particular y trasciendan al sentido de la resolución.
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