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175/2020ConcedeTCC11ª Época✓ Fuente verificada
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SJF · Ejecutoria

La limitación cuantitativa a la indemnización por daño moral, establecida en la Ley de Responsabilidad Patrimonial del Estado de Quintana Roo, contraviene el derecho fundamental a la justa indemnización, al impedir que el monto se ajuste a las particularidades de cada caso y a la magnitud real del daño sufrido.

Expediente
175/2020
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
26 jun 2023
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La limitación cuantitativa a la indemnización por daño moral, establecida en la Ley de Responsabilidad Patrimonial del Estado de Quintana Roo, contraviene el derecho fundamental a la justa indemnización, al impedir que el monto se ajuste a las particularidades de cada caso y a la magnitud real del daño sufrido.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó la constitucionalidad del artículo 14, fracción II, párrafo segundo, de la Ley de Responsabilidad Patrimonial del Estado de Quintana Roo, que establecía un límite máximo a la indemnización por daño moral. La Comisión Nacional de los Derechos Humanos argumentó que dicha limitación vulneraba el derecho de acceso a la justicia y a la reparación integral. El Pleno de la Corte determinó que el límite cuantitativo es inconstitucional, ya que impide que la indemnización se ajuste a las circunstancias específicas de cada caso y a la magnitud real del daño, contraviniendo así el derecho a una justa indemnización.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.