La resolución que deja sin efectos el certificado de sello digital es definitiva y, por ende, impugnable en el juicio contencioso administrativo, al constituir el acto final de un procedimiento que culmina la voluntad de la autoridad.
La Primera Sala Regional en el Estado de México I del TFJA determinó que la resolución que deja sin efectos el Certificado de Sello Digital (CSD) es un acto definitivo y, por lo tanto, impugnable a través del juicio contencioso administrativo. La Sala analizó la procedencia del juicio ante la causal de improcedencia planteada por la autoridad demandada, concluyendo que la resolución impugnada, al ser el resultado final del procedimiento establecido en el artículo 17-H Bis del Código Fiscal de la Federación, cumple con los requisitos de definitividad necesarios para ser combatida ante el tribunal. Además, se desestimaron argumentos sobre la ilegalidad de la notificación y la validez de las pruebas ofrecidas por la autoridad.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.