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5069/2023ConcedeSCJNConcede parcial11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

La sumisión expresa a un tribunal distinto al del domicilio de la persona moral demandada, pactada en contratos de adhesión, puede constituir una denegación de justicia cuando vulnere el derecho al acceso a la impartición de justicia.

Expediente
5069/2023
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO
Fecha
19 feb 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La sumisión expresa a un tribunal distinto al del domicilio de la persona moral demandada, pactada en contratos de adhesión, puede constituir una denegación de justicia cuando vulnere el derecho al acceso a la impartición de justicia.

Resumen

El caso aborda la validez de las cláusulas de sumisión expresa en contratos de adhesión, particularmente en el ámbito bancario. Se determinó que si bien la ley permite la sumisión expresa, esta no es aplicable cuando contraviene el derecho fundamental de acceso a la justicia. La Suprema Corte de Justicia de la Nación estableció que la amplia presencia territorial de las instituciones financieras no es el único supuesto para considerar la aplicabilidad de este criterio, sino que casos análogos donde un pacto de sumisión expresa pueda implicar una denegación de justicia deben ser considerados.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.