El Procurador Fiscal de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de México carece de legitimación para interponer el recurso de revisión fiscal contra sentencias que declaren la nulidad de resoluciones emitidas por autoridades fiscales locales de dicha entidad federativa coordinada en ingresos federales, al no advertirse que la representación de la entidad recaiga en dicho funcionario conforme a la legislación local aplicable.
El presente caso analiza la legitimación del Procurador Fiscal de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de México para interponer el recurso de revisión fiscal. Se establece que, de acuerdo con la jurisprudencia aplicable y el análisis de la legislación local, dicho funcionario no representa a la entidad federativa coordinada en ingresos federales para efectos de este recurso. Por lo tanto, carece de la legitimación necesaria para impugnar las sentencias que anulan resoluciones fiscales locales.
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