El auto de formal prisión por el delito de infracción de deberes militares es violatorio de garantías si no precisa los preceptos que establecen los deberes que se dice el quejoso dejó de cumplir.
Se establece que el auto de formal prisión por el delito de infracción de deberes militares es violatorio de garantías si no especifica los preceptos legales que definen los deberes que el imputado supuestamente infringió. Esto se fundamenta en una interpretación del artículo 382 del Código de Justicia Militar, que busca sancionar la inobservancia de deberes militares específicos, los cuales deben estar claramente establecidos en la normativa aplicable.
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