La consulta previa, estrecha y con participación activa de las personas con discapacidad es un requisito indispensable para la validez de las reformas legislativas que les atañen, cuya omisión genera la inconstitucionalidad del acto normativo.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos promovió una acción de inconstitucionalidad contra reformas a la Ley para la Inclusión de las Personas con Discapacidad del Estado de Chiapas, argumentando que no se realizó la consulta previa, estrecha y con participación activa de las personas con discapacidad, contraviniendo la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. El Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la falta de dicha consulta genera la inconstitucionalidad del decreto impugnado, al ser un requisito sustantivo para la validez de las normas que impactan a este grupo vulnerable.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.