Los agravios que argumentan la inconstitucionalidad de una norma por violar el principio de taxatividad son inoperantes si se limitan a afirmaciones genéricas sin demostrar cómo las supuestas deficiencias de la norma se actualizan en el caso concreto.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que los agravios presentados por el recurrente, que alegaban la inconstitucionalidad de un artículo por violar el principio de taxatividad, resultaron inoperantes. La razón principal fue que el recurrente se limitó a realizar afirmaciones genéricas sobre la vaguedad e imprecisión de la norma, sin desarrollar razonamientos específicos que demostraran cómo estas deficiencias se actualizaban en el caso concreto. Por lo anterior, se negó la protección constitucional y se reservó jurisdicción al Tribunal Colegiado para el análisis de los agravios de legalidad.
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