InvestigaciónDocumento
En línea
1237/2014NiegaTCC10ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
SJF · Ejecutoria

El Presupuesto de Egresos de la Federación, al prever la facultad de las dependencias y entidades para modificar percepciones y ajustar la composición de sueldos y salarios, no viola el principio de legalidad tributaria ni el artículo 127 constitucional, pues dicha facultad se limita a la instrumentación y planeación de la distribución salarial dentro del proceso presupuestario, sin alterar la base gravable de las contribuciones de seguridad social, la cual se rige por la Ley del ISSSTE.

Expediente
1237/2014
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
8 sep 2014
Materia
sin clasificar
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

El Presupuesto de Egresos de la Federación, al prever la facultad de las dependencias y entidades para modificar percepciones y ajustar la composición de sueldos y salarios, no viola el principio de legalidad tributaria ni el artículo 127 constitucional, pues dicha facultad se limita a la instrumentación y planeación de la distribución salarial dentro del proceso presupuestario, sin alterar la base gravable de las contribuciones de seguridad social, la cual se rige por la Ley del ISSSTE.

Resumen

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que los artículos 20 y 22 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2007 no violan el principio de legalidad tributaria ni el artículo 127 de la Constitución. La Corte estableció que las facultades otorgadas a las dependencias para modificar percepciones y ajustar la composición de sueldos y salarios se limitan a la instrumentación y planeación presupuestaria, sin afectar la base gravable de las contribuciones de seguridad social, la cual está definida en la Ley del ISSSTE. Por lo tanto, se negó el amparo al quejoso.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.