La nulidad de una resolución que fija derechos de cooperación, decretada por falta de notificación, no libera al causante de la obligación fiscal, sino que obliga a la autoridad a realizar las notificaciones para que el contribuyente pueda ejercer su derecho de observar el monto del crédito fiscal, aun cuando las obras hayan concluido.
Se declara la nulidad de una resolución fiscal por falta de notificación al contribuyente, lo cual le priva de su derecho a realizar observaciones sobre el monto del crédito fiscal. Sin embargo, esta nulidad no exime al causante de su obligación, sino que obliga a la autoridad a notificarle debidamente para que pueda ejercer su derecho de inconformidad, incluso si las obras ya concluyeron.
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