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504/2025NiegaSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PLENO

El recurso de reclamación debe ser desechado por improcedente cuando los agravios planteados por la recurrente no combaten los razonamientos del acuerdo de trámite impugnado, sino que pretenden reabrir el debate sobre la procedencia del amparo directo en revisión.

Expediente
504/2025
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
LENIA BATRES GUADARRAMA
Fecha
11 dic 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

El recurso de reclamación debe ser desechado por improcedente cuando los agravios planteados por la recurrente no combaten los razonamientos del acuerdo de trámite impugnado, sino que pretenden reabrir el debate sobre la procedencia del amparo directo en revisión.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación desechó por improcedente el recurso de reclamación interpuesto contra un acuerdo de trámite que desechó un amparo directo en revisión. La Corte determinó que los agravios de la recurrente no combatían los razonamientos del acuerdo impugnado, sino que buscaban reabrir el debate sobre la procedencia del amparo directo en revisión, lo cual no es materia del recurso de reclamación.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.