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263/2025SCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

El interés legítimo en el juicio de amparo indirecto requiere la demostración de un perjuicio o afectación real, actual o inminente, derivado de la norma o acto reclamado, y no basta la mera potencialidad de daño.

Expediente
263/2025
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ANA MARGARITA RÍOS FARJAT
Fecha
13 ago 2025
Materia
sin clasificar
Sentido

Holding · resolución sintética

El interés legítimo en el juicio de amparo indirecto requiere la demostración de un perjuicio o afectación real, actual o inminente, derivado de la norma o acto reclamado, y no basta la mera potencialidad de daño.

Resumen

En un juicio de amparo indirecto, un Juez de Distrito desechó la demanda promovida contra un decreto de reforma constitucional, al considerar que el quejoso no demostró tener interés jurídico o legítimo. El quejoso argumentó que la norma era potencialmente lesiva, pero no acreditó una afectación real, actual o inminente. La Suprema Corte, al analizar el caso, reiteró que para el amparo indirecto se requiere un perjuicio concreto y no una mera posibilidad de daño.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.