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244/2025OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PLENO

La admisión de controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad, respecto de normas generales, no suspende la vigencia de la norma impugnada.

Expediente
244/2025
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
YASMÍN ESQUIVEL MOSSA
Fecha
14 abr 2026
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La admisión de controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad, respecto de normas generales, no suspende la vigencia de la norma impugnada.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver sobre la admisión de controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad, estableció que la sola presentación de estos medios de control constitucional no genera la suspensión de la norma general que se cuestione. Esto se fundamenta en el artículo 1o. de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y el Acuerdo General 2/2025.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.