La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que el procedimiento de designación de magistrados del Tribunal Superior de Justicia de Chihuahua, al eliminar los concursos de oposición y sustituirlos por una Comisión Especial, genera una regresión en el acceso a cargos públicos y afecta la independencia judicial, al carecer de parámetros objetivos y ser discrecional.
La acción de inconstitucionalidad impugnó reformas a la Constitución de Chihuahua que modificaron el proceso de selección de magistrados, eliminando los concursos de oposición y estableciendo una Comisión Especial para proponer ternas al Congreso. Los promoventes argumentaron que esto violaba los principios de legalidad, igualdad y acceso a cargos públicos, así como la independencia judicial. La Corte analizó si el nuevo procedimiento, que involucra a representantes de los tres poderes en la Comisión Especial, era idóneo y si representaba una regresión respecto a los mecanismos previos.
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