La falta de acreditamiento de la instalación y operación de medidores de agua, así como la omisión de exhibir la documentación comprobatoria de su adquisición e instalación, impiden al contribuyente desvirtuar la determinación de contribuciones omitidas por aprovechamiento de aguas nacionales.
La Sala Regional en Tamaulipas del Tribunal Federal de Justicia Administrativa resolvió un juicio de nulidad promovido contra una resolución que determinó contribuciones omitidas por aprovechamiento de aguas nacionales. La Sala determinó que la actora no acreditó la instalación y operación de los medidores de agua, ni presentó la documentación que amparara su adquisición e instalación, lo cual era necesario para desvirtuar las omisiones detectadas por la autoridad fiscal. Por lo tanto, se reconoció la validez de la resolución impugnada.
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