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7460/2023ConcedeSCJNConcede parcial11ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

El buzón tributario es un sistema de comunicación electrónica que, al ser el medio a través del cual la autoridad hacendaria envía los avisos y notificaciones, debe cumplir con los principios de legalidad y seguridad jurídica.

Expediente
7460/2023
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
YASMÍN ESQUIVEL MOSSA
Fecha
13 mar 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

El buzón tributario es un sistema de comunicación electrónica que, al ser el medio a través del cual la autoridad hacendaria envía los avisos y notificaciones, debe cumplir con los principios de legalidad y seguridad jurídica.

Resumen

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió un amparo en revisión donde se impugnó la constitucionalidad de los artículos 17-K y 134 del Código Fiscal de la Federación, referentes al buzón tributario. La recurrente argumentó que dichos artículos no especifican a qué medio de contacto se enviará el aviso ni establecen parámetros para considerar que el aviso fue efectivamente enviado, vulnerando así los principios de legalidad y seguridad jurídica. La Sala determinó que el buzón tributario, como sistema de comunicación electrónica, debe cumplir con dichos principios.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.