InvestigaciónDocumento
En línea
79/2024-CASCJN11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
PRIMERA SALA

El juicio sobre cumplimiento de los convenios de coordinación fiscal es improcedente cuando se controvierten normas generales y no actos de aplicación de la Ley de Coordinación Fiscal.

Expediente
79/2024-CA
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ANA MARGARITA RÍOS FARJAT
Fecha
12 sep 2024
Materia
sin clasificar
Sentido

Holding · resolución sintética

El juicio sobre cumplimiento de los convenios de coordinación fiscal es improcedente cuando se controvierten normas generales y no actos de aplicación de la Ley de Coordinación Fiscal.

Resumen

El Gobernador de Jalisco promovió un juicio sobre cumplimiento de convenios de coordinación fiscal contra un decreto presidencial que otorgaba estímulos fiscales, argumentando que afectaba las participaciones federales. La Ministra instructora desechó la demanda por considerar que se impugnaban normas generales y no actos de aplicación de la Ley de Coordinación Fiscal. El recurso de reclamación confirmó este desechamiento, reiterando que el juicio en comento solo procede contra actos de aplicación y no contra la ley en sí misma.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.